REVOCA la decisión de fecha 22 de agosto de 2014, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en lo Penal en funciones de Control de este Circuito Judicial del Estado Vargas, mediante la cual IMPUSO a los imputados los ciudadanos JUAN LUIS SUAREZ MORENO, titular de la cédula de identidad número V- 13.673.207, JESUS ALBERTO BOADA GALINDO, titular de la cédula de identidad número V- 17.960.741 y DANIEL LEONARDO BRICEÑO MACUARAN, titular de la cédula de identidad número V- 12.418.167, LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD contenida en el numeral 8 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 453 numerales 1 y 3 del Código Penal y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 286 ejusdem y, en su lugar se DECRETA su LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, ello por no encontrarse satisfechos los supuestos exigidos en el artículo 236 del Texto Adjetivo Penal.