Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas, del Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÒN DE ACTA DE NACIMIENTO, del ciudadano MODESTO JOSE LOPEZ TRIAZ, titular de la cédula de identidad N° V-1.442.441, inserta en el Libro de actas de nacimiento del Registro Civil de la Parroquia Naiguatá, Municipio Vargas, estado Vargas (hoy Estado La Guaira), del año mil novecientos treinta y tres (1933), acta N°28, de fecha ocho (08) de marzo del año mil novecientos treinta y tres (1933), formulada por la ciudadana NORKA KARINA LOPEZ SANTANA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-9.855.597, y a tal efecto se ordena enviar copia certificada de esta decisión al Registro Civil de la Parroquia Naiguatá, Municipio Vargas del estado La Guair.....