“….este TRIBUNAL SEXTO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamiento: PRIMERO Admite en su totalidad la acusación interpuesta por el Fiscal Sexto del Ministerio Público, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, SEGUNDO: CONDENA a la ciudadana GARAGARZA SOTO GUADALUPE, quien es de nacionalidad Española, natural de San Sebastián, donde nació el 05-12-76, de 26 años de edad, estado civil soltera, profesión u oficio barman, hija de Ana Maria Soto y de Eduardo Garagarza, con residencia en Bongalos Vista al Mar San Eugenio Alto, N° 37, Las Américas Tenerife Sur, España, portadora del pasaporte N ° U 150585 a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUST.....