: En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL N° 2 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECIDE: PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del imputado HUGO ALEJANDRO SALGAR CAMACHO, venezolano, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, titular de la Cédula de Identidad N° V- 16.540.571, nacido en fecha 01-03-1.984, de 20 años de edad, soltero, de profesión u oficio estudiante, hijo de Hugo Salgar Martínez (v) y Marina Camacho (v), residenciado en la calle 16, carrera 18 N° 16-9, la Romera, San Cristóbal, Estado Táchira; por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se acuerda el tramite de la presente causa por el procedimiento ordinario, de confo.....