Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, DECRETA LA ENTREGA DEL VEHÍCULO y en consecuencia se ORDENA LA ENTREGA DEL VEHÍCULO, con las siguientes características, Marca Chevrolet; Modelo Corsa; Placas AFN 46L; Año 2006; Color rojo; Tipo Coupe; Uso Particular; Serial de Carrocería 81SC20Z26V311733; Serial del Motor 26V311733, al ciudadano DEIBYS ALEXANDER ARTEAGA ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº 12.893.522, ya que dicho ciudadano es quien aparece como propietario en el documento de compra venta el cual consta en la presente causa de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 10, primer aparte, de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores.