DECLARA CON LUGAR la solicitud de Aumento de Obligación Alimentaria formulada por: ALBA CONCEPCIÓN PAREDES VARELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.152.649, en contra de: JOSE OLIVO DELGADO CARRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.237.455. Y SIN LUGAR la solicitud de Incumplimiento de Obligación Alimentaria formulada igualmente por: ALBA CONCEPCION PAREDES VARELA en contra de JOSE OLIVO DELGADO CARRERO ya identificados. En consecuencia, se fija la pensión de alimentos en la cantidad de: CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES MENSUALES (00.000,00 Bs.), a partir de la presente fecha. Igualmente se fija una cuota extraordinaria en la cantidad de: CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (120.000,00 Bs.) en el mes de Septiembre para cubrir los gastos escolares, y una cuota extraordinaria en la cantidad de: TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (300.000,00 Bs.) en el mes de Diciembre para cubrir los gastos navideños. ASI SE DECIDE. Notifíquese a las .....