sE homologo el convenimiento. : Queda fijada la Obligación de Manutención en la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,oo) mensuales. TERCERO: Dicho monto se aumentara anualmente en un 20%. CUARTO: En cuanto a los demás gastos de manutención y útiles personales, en lo que respecta a los gastos de salud, medicina, educación, útiles escolares, ropa, calzado, serán compartidos por ambos padres.