DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano ARNALDO JOSE FERNANDEZ MILLAN, de Nacionalidad Venezolana, Natural de Caracas, nacido en fecha 04/09/1966, de 45 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Comerciante, , residenciado en: Urbanización la Atlántida, calle 15, Quinta Galiz, Catia la Mar Estado Vargas. Telf.: (0414) 240-56.48 Y titular de la Cédula de Identidad N° V- V-6.866.351, por la comisión del delito HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el articulo 453 numeral 3º del Código Penal en relación con el artículo 80 ejusdem, de conformidad con lo previsto en el artículo 300 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concor.....