ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: DECLARA CULPABLE Y RESPONSABLE PENALMENTE al ciudadano RIVERA GERARDO ANTONIO, venezolano, natural de San Antonio del Táchira, titular de la Cédula de identidad No. V-9.136.937, de 48 años de edad, nacido el día 19 de marzo de 1960, de estado civil casado, alfabeto, de profesión u oficio Obrero y residenciado actualmente en la Barrio Simón Bolívar, parte alta, carrera 13 con 10, sector La Rampa, casa Nº 5-39, vía Cristo Rey, San Antonio, Estado Táchira, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES PSICOTRÓPICAS, EN GRADO DE FACILITADOR, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y ordinal 3° del artículo 84 del Código Penal, en p.....