Vista la Transacción suscrita por las partes en la presente causa celebrado en este Tribunal, mediante acto conciliatorio, y por las razones expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA HOMOLOGADA la TRANSACCIÓN celebrada entre las partes intervinientes en el presente procedimiento judicial, ciudadana ELLUZ BETZAIDA HERNÁNDEZ ARTEAGA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N°. V-13.746.392, domiciliada en la Urbanización Nueva Venezuela, Calle Manzana 47, casa N°. 47-17, Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del estado Zulia, actuando en nombre y en representación del adolescente ROINER DE JESÚS MORA HERNÁNDEZ, y el ciudadano ROILAND HAROLD MORA GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N°. V-12.328.002, de este domicilio, dándole el car.....