En consecuencia, este Juez Unipersonal N° 03 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR, la presente demanda de OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, interpuesta por la ciudadana JAIMES JAIMES TANIA GENARA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.814.016, en contra del ciudadano CASTRO VIVAS JORGE BAUDILIO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.565.796, respecto de su hija, la niña CASTRO JAIMES ISLEY VALENTINA, identificada con Partida de Nacimiento N° 1694, de fecha 01 de Octubre de 2.002, expedida por la Prefectura de la Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, de conformidad con lo señalado en los artículos 254 y 506 del Código de Procedimiento Civil.
Notifíquese a las partes mediante boleta.