este Juzgado de Primera instancia en Función de Control Número Tres de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: IMPONE COMO MEDIDA DE ASEGURAMIENTO al adolescente para el momento de los hechos (IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LOS ARTÍCULOS 65 PARAGRAFO SEGUNDO DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE Y 545 DE LA LOPNA); por la presunta comisión de los delitos de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto en el artículo 5 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores con los agravantes citados en los ordinales 1,2,3,8 y 10 del artículo 6 ejusdem, y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES, previsto en el artículo 417 en concordancia 426 ambos del Código Penal vigente para la época del hecho; la establecida en el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente .....