Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, mediante la cual CONDENO al ciudadano WEMIN WU, titular de la cédula de identidad Nº 82.292.372, quien dijo ser de Nacionalidad China, Natural de Canton- China, nacido en fecha 07-10-65, de 40 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio Cocinero, hijo de Wu xi ling (v) y de Chu Su Jam (v), con residencia en: Chacaito. Avenida Principal del Bosque con av. Solano, Restaurant King China teléfono 0412-6925331, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION, por ser autor responsable del delito de TRAFICO ILEGAL DE PERSONAS previsto y sancionado en el artículo 56 de la Ley de Extranjería y Migración, así como al cumplimiento de las penas contempladas en el articulo 16 del Código Penal,y exonerado al pago de las costas procesales previstas en el artículo 34 ejusdem, es por lo que se acue.....