Por todo lo anteriormente expuesto, esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, conforme a lo previsto en el artículo 447 en relación con el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ADMITE por vía de excepción el recurso de apelación interpuesto por el abogado LENÍN JOSUE DEL GUIDICE GALEANO, en su carácter de Fiscal Provisorio Segundo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en contra de la sentencia definitiva dictada en fecha 28 de Enero de 2014, cuyo auto fundado fue publicado en fecha 30 de Enero de mismo años, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual CONDENO al ciudadano ALFREDERICK LAYA GAVIDIA, titular de la cédula de identidad N° V.18.931.916, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS Y SIE.....