DECLARA LA ADMISIÓN DE LOS HECHOS, por lo que este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por el Ciudadano DILMAR LEONIDAS NIETO CAÑAS, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° 13.173.756 contra la Empresa TRANSPORTE DE ENCOMIENDAS BENECAR C.A, representada por la ciudadana MARÍA BENEDICTA ROSERO DE MUÑOZ, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad N° 18.604.055 por COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO INJUSTIFICADO, por lo que se condena a la parte demandada a pagar al demandante la cantidad total de TRECE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO CON SESENTA CÉNTIMOS DE BOLÍVARES (Bs. 13.998,60).