D I S P O S I T I V A
Por todos los razonamiento antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLECENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA CESACION DE SANCIONES por total cumplimiento a la joven IDENTIDAD OMITIDA, hija de OLGA MARGARITA VELASQUEZ HERNANDEZ Y JORGENYS JOSEPH FREITEZ MARTINEZ, nacido en fecha 3-11-1995, de profesión u oficio estudiante, residenciada en Naiguatá, pueblo arriba, calle El Estanque, casa S/N, color azul, por haber cumplido con la Libertad Asistida y Reglas de Conducta por el lapso completo de SEIS (6) MESES, en consecuencia se acuerda su LIBERTAD PLENA por esta causa, todo conforme a los artículos 645 y 647 literal h) de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Regístrese y déjese copia de esta Decisión. Notifíquese a las Partes, al joven en referencia y al Centro de Formación Socio E.....