En consecuencia, el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, presidido por la DRA. MERCEDES VARGAS VILLALOBOS. Anunciado el acto por el Alguacil del Circuito, se dejo expresa constancia de la NO COMPARECENCIA del solicitante, ciudadano IVAN ROBERTO ORTA ROBLES, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Número V-14.501.911, así como tampoco la persona propuesta como Curador, es por lo que se considera desistido el procedimiento y se: SE DECLARA EXTINGUIDA la instancia, de conformidad con el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.