declarar:
Como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano JORGE CARREÑO, quien en vida fue titular de la cédula de identidad Nro. V-14.100.577, a los ciudadanos MARINA ZABALA HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. E-81.912.933, MAYRA ALEJANDRA CARREÑO ZABALA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.814.504, HEYDI BERNARDA CARREÑO ZABALA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.099.291 y JORGE JESÚS CARREÑO ZABALA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.502.309, como esposa e hijos, respectivamente, del prenombrado fallecido.