En razón de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Control, de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE CALIFICACIÓN DE FLAGRANCIA, realizada por la Fiscalía Decimonovena del Ministerio Público, por el hecho ocurrido el día 24-07-2.005, en las circunstancias de tiempo, lugar y modo, que ya han sido mencionadas en la presente acta y en la que figura como imputado el adolescente: (IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 545 DE LA LOPNA); por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto en el artículo 438 y 215 ambos del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana YASMIN CAROLINA ARENAS y CONTRA LA COSA PUBLICA; por encontrarse llenos los extremos previstos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.....