´ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos MARIA DEL CARMEN GARBAN FLORES, MIGUEL JOSE BANDEZ GARBAN, JOSÉ MIGUEL BANDEZ GARBAN y ENDER ALEXANDER BANDEZ GARBAN, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.059.152, V-21.193.676, V-18.323.922 y V-18.755.185, respectivamente, respecto al De-cujus JOSE MIGUEL BANDEZ FLORES, ex titular de la cédula de identidad N° V-11.058.981, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte interesada.- ´