SE DICTA SENTENCIA Y SE considera PROCEDENTE la conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos de los ciudadanos: YANIRA BEATRIZ ARISMENDI LUGO Y ARNALDO JOSE RADA ESCOBAR, venezolanos, mayores de edad, de éste domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-7.997.986 y 11.055.079, respectivamente, y así se decide; y en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo conyugal que los une, contraído el día 28 de octubre de 2005, por ante el Circuito Nº 04 de la Coordinación del Registro Civil y Justicia de la Alcaldía del Municipio Vargas del Estado Vargas.