declara EL DECAIMIENTO DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD que fuera impuesta a la ciudadana MARÍA YUDITH HERNANDEZ DE LINARES, portadora de la Cédula de Identidad Nº V-9.998.660, en fecha 19 de Enero de 2013, por el delito de LESIONES GENÉRICAS, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, debido al mandato expreso contenido en el citado artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal, y en su lugar decreta SU LIBERTAD SIN RESTRICCIONES.