DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos precedentemente expuestos, la Corte Accidental de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE POR IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por el abogado EDGAR MANUEL TOLEDO CASTRO, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano EDGAR MANUEL TOLEDO MAIGUEL, titular de la cédula de identidad V-14.757.596, contra auto dictado en fecha 21 de marzo de 2023, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual redimió la pena al ciudadano EDGAR MANUEL TOLEDO MAIGUEL, conformidad con lo establecido en el artículo 155 del Código Orgánico Penitenciario y el artículo 497 del Código Orgánico Procesal Penal, por el tiempo de UN (01) AÑO, TRES (03) MESES Y OCHO (08) DIAS, todo ello a tenor de lo establecido en el artículo 428 literal c d.....