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Decisiones del dia 26/05/2015

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo de Ejecución
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : WP01-P-2013-000619 N° Sentencia : WP01-P-2013-000619 Fecha: 26/05/2015
Procedimiento:
Redención De La Pena
Partes:
WILSON GULLOSO RODRIGUEZ
Resumen:
En base de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA REDIMIDA LA PENA al ciudadano penado WILSON GULLOSO RODRIGUEZ, quien dijo ser de nacionalidad Colombiana, natural de Palenquito Bolívar, nacido en fecha 03/07/1957, (Indocumentado), de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, por el tiempo SEIS (06) MESES Y UN (01) DIA.
Juez/Ponente:
Mauro Antonio Rodriguez Barboza
Organo:
Juzgado Segundo de Ejecución
arriba

N° Expediente : WP01-P-2013-000619 N° Sentencia : WP01-P-2013-000619 Fecha: 26/05/2015
Procedimiento:
Nuevo Computo Por Redencion De Pena
Partes:
WILSON GULLOSO RODRIGUEZ
Resumen:
Al ciudadano penado WILSON GULLOSO RODRIGUEZ, quien dijo ser de nacionalidad Colombiana, natural de Palenquito Bolívar, nacido en fecha 03/07/1957, (Indocumentado), que fue condenado a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, siendo redimida por un tiempo de SEIS (06) MESES Y UN (01) DIA. Ahora bien, el penado fue detenido en fecha 22-03-2013 hasta la actualidad el cual tiene detenido UN (01) AÑO, DOS (02) MESES Y CUATRO (4) DIAS DETENIDO en intramuros, mas una primera redención de fecha 13-06-2014, por un lapso de TRES (03) MESES y VEINTICINCO (25) DIAS, que al hacer la sumatoria con la presente redención tiene un total de Redención de NUEVE (09) MESES y VEINTISEIS (26) DIAS, que al sumarla con su detención intramuros se evidencia que ha permanecido privado de su libertad por un lapso de DOS (02) AÑOS y en virtud de que fue condenado a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, siendo que le falta por cumplir un tiempo de OCHO (08) AÑOS. Así las cosas, corresponde dete.....
Juez/Ponente:
Mauro Antonio Rodriguez Barboza
Organo:
Juzgado Segundo de Ejecución
arriba

N° Expediente : WP01-P-2008-003729 N° Sentencia : WP01-P-2008-003729 Fecha: 26/05/2015
Procedimiento:
Redención De La Pena
Partes:
DU PLOOY ZENOLIA BEATRIX
Resumen:
En base de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA REDIMIDA LA PENA a la ciudadana penada DU PLOOY ZENOLIA BEATRIX, quien dijo ser de nacionalidad de la República de South África (Sudafricana), natural de Pretoria, nacida en fecha 24-07-1967, de 48 años de edad, de profesión u oficio Gerente General de tiendas por Departamento, hija de Pieter Wolmarans y de Llemie Kyafh, residenciada en Tambotic 88, Grootvrei, Pretonia Sudáfrica, titular del pasaporte Nro. 4752811692, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, por el tiempo ONCE (11) MESES y DOS (02) DIAS.
Juez/Ponente:
Mauro Antonio Rodriguez Barboza
Organo:
Juzgado Segundo de Ejecución
arriba

N° Expediente : WP01-P-2008-003729 N° Sentencia : WP01-P-2008-003729 Fecha: 26/05/2015
Procedimiento:
Nuevo Computo Por Redencion De Pena
Partes:
DU PLOOY ZENOLIA BEATRIX
Resumen:
A la ciudadana penada la ciudadana penada DU PLOOY ZENOLIA BEATRIX, quien dijo ser de nacionalidad de la República de South África (Sudafricana), natural de Pretoria, y, titular del pasaporte Nro. 4752811692, fue condenada a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN, siendo redimida por un tiempo de ONCE (11) MESES y DOS (02) DIAS. Ahora bien, el penado fue detenida en fecha 04-07-2008 hasta la actualidad el cual tiene detenida SEIS (06) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y VEINTIDOS (22) DIAS DETENIDO, que al hacer la sumatoria con la presente redención de ONCE (11) MESES y DOS (02) DIAS, se evidencia que ha permanecido privado de su libertad por un lapso de SIETE (07) AÑOS, NUEVE (09) MESES Y VEINTICUATRO (24) DIAS y en virtud de que fue condenada a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓN, siendo que le falta por cumplir un tiempo de DOS (02) MESES Y SEIS (06) DIAS. Así las cosas, corresponde determinar las fechas a partir de cuando podrá optar por las diferentes fórmulas del cum.....
Juez/Ponente:
Mauro Antonio Rodriguez Barboza
Organo:
Juzgado Segundo de Ejecución
arriba

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