En base de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA REDIMIDA LA PENA a la ciudadana penada DU PLOOY ZENOLIA BEATRIX, quien dijo ser de nacionalidad de la República de South África (Sudafricana), natural de Pretoria, nacida en fecha 24-07-1967, de 48 años de edad, de profesión u oficio Gerente General de tiendas por Departamento, hija de Pieter Wolmarans y de Llemie Kyafh, residenciada en Tambotic 88, Grootvrei, Pretonia Sudáfrica, titular del pasaporte Nro. 4752811692, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, por el tiempo ONCE (11) MESES y DOS (02) DIAS.