En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA redimida la pena al ciudadano ABRAHAN ALBERTO GUERRERO JIMENEZ, de nacionalidad Venezolana, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.146.036, nacido en fecha 14-05-1989, de estado civil soltero, de profesión u oficio deportista, domiciliado en San Francisco, Avenida Sierra Maestra, vereda 18, casa Nª 22, Maracaibo, estado Zulia, de conformidad con lo establecido en los artículos 479 y 508, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, por el tiempo de OCHO (08) MESES Y VEINTIDOS (22) DIAS, en relación con lo establecido en el artículo 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la di.....