DECLARA CON LUGAR la presente solicitud. En consecuencia, el Acta de Matrimonio N° 03 de fecha 28 de Julio de 1950, asentada en el Libro de Registro Civil del Juzgado de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y Francisco de Miranda del Estado Táchira, perteneciente a la solicitante, queda rectificada en el sentido, que el nombre es ANGELA GARCÍA DE NORIEGA y la de su cónyuge es ROSARIO NORIEGA y no como erróneamente aparece.
Inscríbase esta sentencia en el Libro de Registro Civil de Actas de Matrimonios llevado por Juzgado de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y Francisco de Miranda del Estado Táchira y del Registro Principal del Estado Táchira y estámpese en los libros al acta rectificada la correspondiente nota marginal.
Expídanse copias fotostáticas certificadas de la presente decisión para los fines legales subsiguientes.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Trib.....