CONDENA a la ciudadana DORA MARIA BRAVO ALVARADO, de nacionalidad Costarricense, Natural de San José de Costa Rica, fecha de nacimiento 23-01-60, de 45 años de edad, estado civil soltera, hija de Maria Alvarado (v) y de Pedro Manuel Bravo (f), profesión u oficio Mesera, titular de la Cédula de Identidad de Costa Rica N° 1.528.535 y residenciada en: Orotina de la Iglesia Decollolar, N° 25-S, Costa Rica, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en los autos y, en virtud de la aplicación del artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal.