SE REGISTRO Y PUBLICO SENTENCIA DONDE SE DECLARO PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por DESALOJO, interpuso la ciudadana MILDRES ELINA GONZALEZ PALMA, contra el ciudadano TEODORO AGUSTIN MACHADO UGUETO, ambos plenamente identificados en autos. En consecuencia, se ordena al demandado entregar a la parte actora, libre de bienes y personas, el inmueble objeto de la presente demanda, constituido por la Casa Nº 59-12, ubicada en la Prolongación Soublette, Sector Manuelita Sanz, Callejón Guaicaipuro, Parroquia Catia La Mar del Estado Vargas. SEGUNDO: CON LUGAR el pago que por vía subsidiaria y como indemnización de daños y perjuicios por no poder ocupar el inmueble la demandante, reclamo el actor en el numeral CUARTO del petitorio del libelo, que asciende a la cantidad de UN MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs. 1.555,00). TERCERO: Se condena en costas a la parte demanda por haber quedado totalmente vencida, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 274 del Código de Procedimie.....