Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos; AURA GISELA SALAS DE BOLIVAR, GILSEL ANAIS BOLIVAR SALAS, GILEIDA JOSEFINA BOLIVAR CARTAYA, JUAN GILBERTO BOLIVAR CARTAYA y GILSON JESUS BOLIVAR CARTAYA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V- 4.119.976, V-18.324.979, V-12.717.089, V- 13.375.322 y V-19.797.975, en su orden con respecto a su causante JUAN GILBERTO BOLIVAR. Dejando a salvo el derecho de terceros.