En virtud de lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL NO. 3 DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa, a favor del adolescente Reservado de conformidad con el Art. 545 de la LOPNA; de conformidad con lo señalado en los artículos 48 ordinal 8º y 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 615 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el artículo 561 literal ¿d¿ ejusdem. Notifíquese a las partes.
DIARICESE REGISTRESE, DEJESE COPIA Y PUBLIQUESE
AB. IRIS COROMOTO CONTRERAS DE AGUILAR
JUEZ (S) DE CONTROL Nº 3
ABG. MATILDE MARTÍNEZ RINCÓN
SECRETARIA .....