En base a los fundamentos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones en Penal Ordinario, Responsabilidad Penal de Adolescentes y Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado JUAN CARLOS GOYO, en su carácter de Defensor Público Séptimo Penal Ordinario, Fase de Proceso del ciudadano RANDY JOSE LUNA MOSQUEDA, titular de la cédula de identidad número V.-16.725.314, en contra de la decisión emitida en fecha 11 de febrero de 2014, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decreto en contra del mencionado imputado Medida Preventiva Privativa de Libertad, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES A TITULO DE DOLO EVENTUAL, previsto y sancionado en el artí.....