Este Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso, y HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, en los términos expuestos por las partes, dándole efectos de Cosa Juzgada, ordenándose el archivo del presente expediente.