Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución de Penas y Medidas de Se-guridad del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la Repúbli-ca y por autoridad de ley DECLARA: EL CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL, impuesta al ciudadano LUIS FRANCISCO QUIÑÓNEZ RODRI-GUEZ, de nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V.- 9.243.531, residenciado en Barrio Buenos Aires, Calle Sucre, Nº CP-100, El Poblado, Rubio, Municipio Junín, Estado Táchira, por el delito de SECUESTRO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO. Y en con-secuencia se fija el cumplimiento de la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad, hasta el día 10 de enero de 2.006.
Líbrese las respectivas notificaciones.
Abg. VILMA CHAPARRO DE NAVA
Juez de Ejecución Nº 02