DISPOSITIVA
Por todos los razonamiento antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION PENAL DE ADOLECENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: AUTO DE EJECUCION DE SANCIONES al joven IDENTIDAD OMITIDA, aceptando declinatoria de competencia del Estado Mérida, para que cumpla íntegramente y simultáneamente las sanciones de REGLAS DE CONDUCTA POR DOS (2) AÑOS y SERVICIO A LA COMUNIDAD por SEIS (6) MESES, por haber sido condenado por los delitos de Hurto calificado y Ocultamiento Ilícito de Arma de Fuego, en consecuencia quedó fijado para el día Martes 25/06/2013 a las 12:00 horas del mediodía para la Imposición de esta Ejecución de Sentencia, con todas sus orientaciones, esto conforme a los artículos 614, 646 y 647 de la LOPNNA
Regístrese y déjese copia de esta Decisión. Notifíquese a la Fiscalía conforme al artículo 472 último aparte del COPP. Ofíci.....