En mérito de las anteriores consideraciones, es por lo que esta Jueza Unipersonal Nro. 2 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud y acuerda la Rectificación de la Partida de Nacimiento Nro. 364 de fecha 18 de Febrero de 1988, perteneciente a la adolescente: YESSICA CAROLINA ARIAS POSSO, expedida por la Prefectura del Municipio Bolívar del Estado Táchira, en el sentido de que al momento de asentar su nacimiento en los libros respectivos de registro civil llevados por ante esa Prefectura, se anoto incorrectamente el primer apellido de la madre como: "...POZO..." cuando lo correcto es: "...POSSO..."; igualmente no se escribió el lugar de nacimiento de la misma, el cual es "Hospital II Dr. Samuel Darío Maldonado de San Antonio Estado Táchira". En consecuencia procédase a rect.....