DECLARA CON LUGAR la solicitud y en consecuencia ordena conforme al contenido de los artículos: 32, 78 y 136 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los artículos 7, 8, 16, 17 y 19 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, que el funcionario del Registro Civil del Municipio Bolívar en el Estado Táchira, inscriba en los libros respectivos de registro civil de nacimientos llevados por ante esa oficina registral, al niño: JESUS DAVID ORDUZ RONDON, nacido en fecha 17 de Febrero de 2006 a las 12:16 a.m., en el Centro Clínico El Divino Niño de San Antonio, Jurisdicción del Municipio Bolívar del Estado Táchira, hijo de: SAUL ORDUZ ORTIZ y FANNY DIANORA RONDON ALBA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.792.949 y V.-10.194.443 en su orden. Y ASI SE DECIDE. Se previene al funcionario registral del contenido del artículo 273, Parágrafo 1º de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. Cúmplase.....