DECLARA SIN LUGAR las solicitudes interpuestas el 17/12/03, por el penado JHON KENNEDY CRUZ OTALVARO, portador de la cédula de identidad de la República de Colombia N° V-71.771.047, así como por el Ciudadano JUAN CARLOS POSADA, en su condición de Cónsul de Colombia, por cuanto se evidencia que el referido penado aún no ha terminado de cumplir con la pena accesoria prevista en el artículo 16 del Código Penal, relativa a la sujeción a la vigilancia de la autoridad, la cual fue impuesta en la setencia condenatoria, dictada en su contra.