DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación anterior esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LA GUAIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando a tenor de lo pautado en el artículo 428 y 442 ambos del Código Penal Procesal Penal, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la Profesional del derecho DANESIA DEYANIRA PEDRA VEGAS en su carácter Defensora Publica Decima 10° penal del estado la Guaira, del ciudadano VICTOR AGUACHE ANDUEZA, Titular de la cedula de identidad N V-27.441.034, en contra de la decisión dictada en fecha 13 de marzo de 2025, el Juzgado Primero (1º) de Primera Instancia Municipal y Estadal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decreto la MEDIDA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, conforme con lo establecido en el artículo 236, 237 y 238 todos del Código Orgánico Procesal penal, p.....