SE DECLARO CON LUGAR, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente, la solicitud formulada y consecuencialmente declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos MONICA ISABEL PERNIA GARCIA y RAMSES JEREZ PUERTO, identificados anteriormente, según matrimonio celebrado por ante la Prefectura Civil del Municipio Panamericano del estado Táchira, hoy Registro Civil del Municipio panamericano del Estado Táchira, en fecha 31 de diciembre de 2001, según acta número 73. SEGUNDO: Por cuanto los solicitantes han manifestado que no procrearon hijos durante la unión conyugal este Tribunal no dicta providencia alguna al respecto