Por las razones antes expuestas este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA medida de Embargo provisional sobre bienes muebles propiedad del demandado ciudadano ALEX OSWALDO RIVAS, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad N° 12.906.131, por ser el deudor de la obligación principal, hasta cubrir la cantidad de DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs.285.000,00), suma esta que comprende el doble de la cantidad demandada mas la suma de TREINTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs.Bs.35.000,00) por concepto de costas calculadas en un veinte por ciento (20%), suma ésta incluida en la anterior. Con la advertencia que si el embargo recayera sobre cantidades líquidas de dinero, deberá embargarse solo hasta cubrir la cantidad de DOSCIENTOS DIEZ MIL BOLIVARES (Bs......