´´DECISIÓN
A la luz de los razonamientos dilucidados en el presente fallo, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
ÚNICO: Declara inadmisible la recusación interpuesta por la ciudadana Idarly Coromoto Mora Peña, actuando en su condición de víctima en la causa penal signada con la nomenclatura SP21-S-2024-001377, asistida por el Abogado Félix Antonio Matos, contra la Jueza Segunda de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medida con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, de conformidad con lo establecido en los artículos 95 y 96 del Código Orgánico Procesal Penal.
En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 ejusdem, se acuerda devolver el conocimiento de la causa a.....