CONDENA de conformidad con lo establecido en el articulo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano TOMAS NUREK, a cumplir la pena de OCHO AÑOS DE PRISION, por ser autor responsable de la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en las circunstancias de tiempo, modo y lugar determinadas en el presente fallo.
Asimismo, se le condena a cumplir con la pena accesoria establecida en el artículo 64 ordinal 1° de la Ley Orgánica Código Penal, por lo que se ordena la expulsión de territorio una vez cumplida la pena, se le exonera del pago de costas procesales conforme al artículo 272 del Código Adjetivo Penal.