DISPOSITIVO
En mérito de los precedentes razonamientos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: SIN LUGAR la MEDIDA DE SECUESTRO solicitada sobre un inmueble constituido por una casa para habitación, compuesta de tres habitaciones, una cocina, una sala recibo, un lavadero, dos baños, un sótano, paredes internas, y en cierro en bloque de techo de acerolit, pisos de cemento, una puerta de madera, tres puertas de hierro, cuatro ventanas de hierro, un portón de hierro. Dichas casas se encuentra ubicada en la calle tres, vereda 5, Número 5 ¿ 12, Gallardín, Palo Gordo, Municipio Cárdenas, Estado Táchira, dentro de los siguientes linderos NORTE: Calle Privada, mide trece metros, SUR: con Benigno Altuve, mide trece metros, ESTE: Con Cénon Buitrago, mide treinta y un metros. Oeste: Con Balbino Buitrago, mide treinta y un metros.
Publíquese.....