Se DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por ACCIÓN DECLARATIVA DE CONCUBINATO interpuesta por la ciudadana ELIA MARTINEZ SIVIRA, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.496.538, contra los ciudadanos DAMASO PARIATA ACOSTA y MARÍA DEL ROSARIO BADRA DE PARIATA (sucesores del ciudadano CLAUDIO JESUS PARIATA BADRA). Así se decide. SEGUNDO: SE DECLARA que existió una relación concubinaria entre los ciudadanos ELIA MARTINEZ SIVIRA y CLAUDIO JESUS PARIATA BADRA (fallecido), desde el Ocho (08) de Abril de 1992, hasta el Cuatro (04) de enero de 2009. Así se decide. TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación de las partes de la presente decisión. Así se decide. CUARTO: No existe condenatoria en costas por la naturaleza del presente fallo. Así se decide.