Declara SIN LUGAR la solicitud interpuesta por la abogada XIOMARA TERAN ROSARIO, en su carácter de Defensora Privada del ciudadano HECTOR JOSE RUIZ GONZALEZ, (antes identificados), en el sentido que le sea otorgada una medida cautelar menos gravosas a sus defendidos, de conformidad con los artículos 256 y 264 ambos de Código Orgánico Procesal Penal.