DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos y de las disposiciones legales antes citadas, esta Alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano ABG. ANGEL RUBÉN MATA, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano FREDDY JOSÉ ALFONZO RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V.-8.176.494, en contra de la decisión proferida por el Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, dictada en fecha 06 de junio de 2025 y publicada en su texto íntegro en fecha 09 de junio de 2025, mediante la cual, entre otras cosas, NEGÓ la solicitud planteada por el ciudadano in comento, en el sentido de que le fuese entregado el vehículo automotor; ENCAVA, Modelo: E-NT 3300/360360970, Placa: A92BB0H, Serial de Carrocería: 8XL3HN21D.....