Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial del Estado Táchira, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
Primero: Ordena la acumulación de la causa penal E-1973/2009 a la E-1882/2009, por ser esta la más antigua, ello con la finalidad de mantener la unidad del proceso; ordenando corregir la foliatura a partir del folio 01 de la causa E-1973/2009, y seguir el orden correlativo de las actuaciones.
Segundo: Revoca las Medidas de Reglas de Conducta y Servicios a la Comunidad, impuestas por el Juzgado de Primera Instancia en Función de Control N° 3 de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, en fecha dieciséis (16) de Marzo de 2009, al adolescente IDENTIDAD OMITIDA ARTICULO 545 DE LA LOPNA.
Tercero: Declara con lugar la solicitud del Ministerio Publico,.....