Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos RICHARD RENÉ MORENO ÁLVAREZ, MARÍA GINA COROMOTO ÁLVAREZ DE RIFAIE, JESÚS SANTIAGO MORENO ÁLVAREZ Y MAIGUALIDA MORENO ÁLVAREZ, mayores de edad, venezolanos, y titulares de las cédulas de identidad números V-6.888.671, V-5.575.900, V-6.478.044 y V- 6.482.224, en su orden, con respecto a su causante MARÍA ESPOSORIA ÁLVAREZ, ello dejando a salvo el derecho de terceros.