Por las razones señaladas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Resuelve:
ÚNICO: SUSTITUYE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LA LIBERTAD POR UNA MENOS GRAVOSA, de las previstas en el artículo 256 ordinales 3º, 4º 6° y 8° en concordancia con los artículos 244 y 258, todos del Código Orgánico Procesal Penal, a los acusados JHON JOSÉ ROJAS GUERRERO, JUAN JOSUÉ LUNA RODRÍGUEZ, GAUDE EDUARDO DÍAZ PEÑA, DANIEL PRATO VARGAS Y ROSSMEL CLAUDE DÍAZ PEÑA, plenamente identificados en la presente causa, a quienes se les imputa la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 460, en relación con el ordinal 11 del Código Penal, OCULTAMIENTO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el artículo 278 ejusdem en perjuicio de los ciudadanos CESAR ALBERTO PEÑUELA HERNÁNDEZ,.....