En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA al ciudadano penado JHONNY GILBERTO CASTRO RAMIREZ, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, nacido en fecha 22-06-1978, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Técnico Superior Universitario en Ciencia Policiales, hijo de Gilberto Castro y de María Ramírez, titular de la cédula de identidad Nro. V.-13.490.682, residenciado Bahía Caribe, piso 3, apartamento 3-3, avenida circunvalación, Barrio 27 de Julio Parroquia Caraballeda, Estado Vargas, contra quien se le siguió juicio por la comisión de los delitos de los delitos de OCULTAMIENTO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica C.....